Se reduce a una prueba anual sanitaria el control de Brucelosis bovina
La evolución de la brucelosis bovina en la región ha sido muy positiva últimamente, 2019 cerró sin ningún foco activo y con una prevalencia del 0,00%, datos que pueden significar un acercamiento a la erradicación de la enfermedad en Extremadura
El Director General de Agricultura y Ganadería, resuelve en el marco del Programa de Erradicación de la Brucelosis Bovina 2020, aplicar en toda Extremadura la reducción de la frecuencia de pruebas sanitarias para el mantenimiento de la calificación sanitaria de las explotaciones bovinas a una sola prueba anual.
La Dirección General de Agricultura y Ganadería señala en la resolución que, «la evolución epidemiológica de la brucelosis bovina ha sido muy positiva en los últimos años en la región, teniendo en cuenta el complicado brote activo que hubo en la década de los noventa y años siguientes, 2019 se cerró sin ningún foco activo y por tanto con una prevalencia declarada del 0,00 %. Se trata de un dato significativamente esperanzador que nos acerca mucho al objetivo final de la erradicación de la enfermedad en Extremadura».
Dicha resolución se ha hecho pública en el DOE, Diario Oficial de Extremadura en este miércoles 8 de julio.
En ella se recogen además las siguientes normas: en el caso de que en una explotación bovina se detectaran reactores positivos a algunas de las técnicas diagnósticas de brucelosis bovina oficialmente aprobadas, el Servicio de Sanidad Animal de esta Dirección General podrá someter a las explotaciones bovinas relacionadas epidemiológicamente con aquella o sobre las que se presuma riesgo epidemiológico de estar contagiadas, o poder estarlo, a los controles sanitarios que considere necesario a fin de verificar la ausencia de brucelosis bovina.
Queda prohibida la vacunación frente a brucelosis en ganado bovino.
Se establece como obligatoria la notificación de los casos de aborto sospechosos de ser debidos a brucelosis para ser investigados oficialmente.
En los rebaños en los que se aísle brucella por técnicas laboratoriales, la única opción viable será el vacío sanitario de la explotación
El vacío sanitario también se aplicará en explotaciones bovinas afectadas o con relación epidemiológica con las señaladas si la prevalencia en una prueba diagnóstica es superior al 15 %, o se obtienen resultados serológicos positivos en dos chequeos serológicos realizados en un plazo no inferior a 30 días entre chequeos.
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En cumplimiento del Programa de Erradicación de la Tuberculosis Bovina 2020, teniendo en cuenta su prevalencia respecto a esta enfermedad animal, se considerarán Áreas de Especial Incidencia de Tuberculosis bovina (AEITB) todas las comarcas veterinarias de Extremadura.
En estas áreas, se aplicará en rebaños bovinos T3 de reproducción se aumentará la frecuencia de chequeos rutinarios a 2 pruebas anuales para el mantenimiento de la calificación.
En rebaños del tipo T2 y Tr se realizarán, como mínimo, tres chequeos al año.
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Los bovinos reaccionantes positivos a tuberculosis y/o brucelosis bovina se marcarán con un transpondedor electrónico de aplicación subcutánea, que adicionalmente podrá acompañarse de la implantación de un crotral auricular para la toma de muestra genética de apoyo.
En el marco del Programa de Erradicación de la Brucelosis ovina y caprina (B. mellitensis), se tomarán las siguientes medias sanitarias especiales, entre otras:
Se mantiene la prohibición de la vacunación de ovinos y caprinos frente a B. melitensis en todas las explotaciones de pequeños rumiantes de Extremadura.
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Las excepciones a esta prohibición generalizada se aplicarán a través del Servicio de Sanidad Animal de esta Dirección General tras la valoración del riesgo epidemiológico.
Las explotaciones ovinas y caprinas en las que se detectasen animales reaccionantes positivos a cualquiera de las técnicas diagnósticas de brucelosis serán objeto de vaciado sanitario obligatorio.
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