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10 personas se formarán durante seis meses en «Actividades Físicas y Deportivas»

La localidad se beneficiará del Programa Colaborativo Rural perteneciente al SEXPE a través del cual se formarán 10 personas, desempleadas en situación o en riesgo de exclusión social, mayores de 18 años, durante seis meses

Martes, 7 de enero 2020, 19:29

El SEXPE, Servicio Extremeño Público de Empleo, ha aprobado la concesión del Programa Colaborativo Rural al Ayuntamiento de Villanueva del Fresno.

A través del mismo se formarán 10 personas en materia de Operaciones Auxiliares en la Organización de Actividades y Funcionamiento de Instalaciones Deportivas bajo el epígrafe «Actividades Físicas y Deportivas».

Las personas interesadas en acceder a este programa de formación deberán dirigirse a las oficinas del SEXPE de Olivenza, en las que se realizarán tanto las inscripciones como la selección de alumnos.

Podrán participar en él las personas desempleadas en situación o en riesgo de exclusión social, mayores de 18 años e inscritas en los centros de empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo.

Se entiende por persona en situación o en riesgo de exclusión social, a aquella persona desempleada de larga duración que no sea beneficiaria ni perceptora de prestación contributiva por desempleo en las fechas de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proyecto y en la fecha de la contratación.

Se considera persona desempleada de larga duración aquella que ha permanecido inscrita como desempleada en los centros de empleo del SEXPE, durante al menos 360 días en los últimos 18 meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de solicitudes y mantenga esta condición a fecha de contratación.

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En ausencia de personas desempleadas de larga duración, podrán participar personas jóvenes desempleadas menores de 30 años o mayores de 45 años en el momento de la contratación, que no sean beneficiarias ni perceptoras de prestación contributiva por desempleo a fechas de cumplimientos de requisitos, es decir, finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proyecto y en la fecha de la contratación.

La inexactitud o falsedad de los datos aportados por los aspirantes a participar en el programa para la comprobación de los requisitos anteriormente establecidos y/o los criterios de prioridad supondrá causa de exclusión.

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El alumnado trabajador tendrá derecho a recibir formación teórico-práctica de calidad, siendo obligaciones del mismo seguir con aprovechamiento y diligencia las enseñanzas recibidas, participar de manera activa tanto en los aspectos teóricos como de trabajo efectivo, así como asistir regularmente cumpliendo los horarios y normas que se estipulen por la entidad promotora dentro de los límites fijados en este decreto y en el ordenamiento jurídico vigente.

Por aprovechamiento se entiende tanto la adecuada actitud en relación con el aprendizaje como el mantenimiento de actitudes y comportamientos respetuosos con sus compañeros, personal de la entidad promotora, así como con los empleados públicos encargados del seguimiento de las actividades.

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Los aspirantes deberán tener la titulación y los requisitos específicos establecidos en el perfil de acceso del programa formativo del proyecto aprobado.

Además, no podrán padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño normal de las funciones propias del puesto, ni cualquier otro impedimento personal o de cualquier otra índole para la realización de las actividades propias de la ocupación laboral a desempeñar de acuerdo con la normativa de aplicación.

Y cumplir los requisitos establecidos en la normativa de aplicación para formalizar un contrato de formación y aprendizaje, con una duración de seis meses, con el que percibirán las retribuciones salariales que le correspondan según la normativa.

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También deberán carecer de la formación que se adquirirá en el desarrollo del proyecto.

Si las actividades a efectuar por el alumnado trabajador implican trabajar con menores, deberán presentar la acreditación a través del certificado negativo del Registro Central de Delincuentes Sexuales de la carencia de delitos de naturaleza sexual, según la Ley Orgánica 1/1996,

Las personas seleccionadas deberán mantener estos requisitos a la fecha de contratación por la entidad promotora. La selección del alumnado será precedida, en todo caso, de la tramitación de oferta de empleo ante el correspondiente centro de empleo. El número de participantes por proyecto no podrá ser superior a 10 ni inferior a 8.

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El plan formativo incluirá los siguientes módulos complementarios:

Módulo de prevención de riesgos laborales, cuya duración será al menos de 30 horas, módulo de igualdad de género y sensibilización medioambiental, módulo de fomento de la iniciativa y espíritu emprendedor y módulo de competencia digital.

La Estrategia de Empleo de Extremadura 2016-2019 al que pertenece este programa, recoge la determinación de colectivos especiales que requieren actuaciones específicas diferenciadas.

Así el Programa Colaborativo Rural de atención integral se dirige a personas en situación o en riesgo de exclusión social y consiste en el desarrollo de itinerarios de orientación, tutorización e intermediación y formación en alternancia con el empleo para su inserción sociolaboral en las zonas rurales correspondientes a los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura con población inferior a 5.000 habitantes.

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El referido programa persigue favorecer la creatividad, el emprendimiento y la innovación social, en zonas y con colectivos donde es más necesario este tipo de intervenciones por sus dificultades territoriales y sociales, basado en un espíritu dinámico, colaborativo y solidario de las personas participantes y en el fomento de la intercooperación entre las personas y entidades locales para ofrecer productos/servicios generadores de empleo con impacto social en el territorio.

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