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Bar restaurante de la localidad. A.P

Medidas por las que se regirá la fase 0 en distintos apartados

Desde este lunes 4 de mayo se podrán hacer compras en comercios minoristas con cita previa y recoger pedidos de comida en bares y restaurantes, entre otras medidas

Lunes, 4 de mayo 2020, 13:06

El País continúa bajo el Estado de Alarma decretado el pasado mes de marzo ante la pandemia del COVID-19, en el camino hacia la desescalada del confinamiento en el que estamos sumergidos como medida de prevención frente al virus, hemos llegado a la fase 0.

En esta fase y desde este lunes 4 de mayo el comercio minorista podrá reabrir sus puertas siempre y cuando acate las siguientes medidas según anuncia el Ayuntamiento local.

Se permite la reapertura siempre que su superficie no supere los 400 metros cuadrados.

Apertura de locales y establecimientos con cita previa para la atención individual de los clientes. Un cliente por trabajador.

Estos locales deberán contar con mostrador, mampara o, cuando esto no sea posible, garantizar el máximo de protección individual guardando el espacio suficiente.

Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá coincidir con las franjas para la realización de paseos y actividad física para este colectivo.

Cuando el servicio profesional requiera tener contacto con el cliente será obligatorio el uso de medidas de protección como mascarilla o guantes

Con respecto al transporte de personas se permiten dos personas por cada fila de asientos, siempre usando mascarillas y guantes.

Los bares y restaurantes podrán abrir para que los clientes recojan sus pedidos en el local con atención individualizada, con la excepción de que se trate de un adulto acompañado por una persona con discapacidad, menor o mayor.

El cliente deberá realizar el pedido por teléfono o por medios telemáticos y el establecimiento fijará un horario y espacio habilitado para la recogida del mismo y la realización del pago de pedidos.

Se deberán respetar las medidas de higiene y prevención de riesgos que recoge la Orden SND/388/2020.

En cuanto al entrenamiento de deportistas profesionales, éstos deberán ser individuales y serán sin límite de tiempo dentro de la provincia donde resida el deportista.

Los deportistas paralímipicos podrán ir acompañados.

Los deportistas de las ligas profesionales también podrán realizar entrenamientos individuales en las instalaciones de los clubes.

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