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Mapa de los municipios integrantes de la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza. CEDIDA
La localidad podrá beneficiarse de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo de la Mancomunidad

La localidad podrá beneficiarse de la Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo de la Mancomunidad

El objetivo de la misma será el de prestar asistencia técnica y jurídica a los municipios en materias relacionadas con la ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad

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Lunes, 30 de septiembre 2024, 15:48

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El DOE, Diario Oficial de Extremadura, con fecha del 27 de septiembre hace público el convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Integral de la Comarca de Olivenza para el funcionamiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible, Otudts.

El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería y la Mancomunidad para atender adecuadamente al cumplimiento de sus respectivas competencias en materia de ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad.

El desarrollo de las actuaciones se lleva a cabo mediante el funcionamiento de una Otudts dedicada al desarrollo de las competencias mencionadas, que presta servicio a los municipios de la Mancomunidad adheridos al mismo, constituyendo este objeto una finalidad pública.

El ámbito territorial afectado por el presente convenio queda conformado por los municipios, entidades locales menores y pedanías que se relacionan a continuación y que reciben el servicio que presta la mencionada oficina:

Alconchel, Almendral, Barcarrota, Cheles, Higuera de Vargas, Oivenza y sus pedanías, Táliga, Torre de Miguel Sesmero, Valverde de Leganés y Villanueva del Fresno.

Mediante adenda al presente convenio y con la conformidad de todas las partes intervinientes, podrán adherirse o excluirse los municipios, entidades locales menores o pedanías que, perteneciendo a la Mancomunidad, así lo soliciten.

De manera excepcional, podrá solicitar la adhesión al presente convenio algún municipio, entidad local menor o pedanía que aun no perteneciendo a la Mancomunidad desee recibir el servicio a prestar por la oficina, en cuyo caso se deberá suscribir un acuerdo de adhesión en el que deberán reflejarse las condiciones para la prestación del mismo, que en ningún caso podrá suponer un perjuicio o retrasos en el servicio a prestar por la oficina.

Las entidades que se adhieran asumirán todas las obligaciones establecidas en el presente convenio.

La Otudts tendrá las siguientes funciones en materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio:

- Prestar asistencia técnica y jurídica a los municipios en materias relacionadas con la ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad, así como la resolución de cuantas consultas en la materia le fueren formuladas. Todo ello en coordinación con la labor que desarrollen los técnicos municipales que pudieran tener los propios Ayuntamientos.

- La prestación del servicio de asistencia de la Mancomunidad, para la tramitación de procedimientos administrativos en las materias señaladas en el párrafo anterior, previo requerimiento del municipio.

- Prestación de asistencia técnica y jurídica necesaria para la redacción y tramitación de los instrumentos de planeamiento y ejecución que vayan o se estén tramitando en los municipios integrantes de la Mancomunidad, previa solicitud del municipio interesado.

Los documentos serán elaborados en aras a la satisfacción del interés general y tendrán en cuenta los principios y fines regulados en la legislación de suelo estatal y autonómica.

- Colaborar con los diferentes registros contemplados en la legislación Urbanística.

- Cuantas otras tareas que, en relación con el objeto del presente convenio, les sean confiadas previa conformidad de la Mancomunidad y de la Dirección General de Urbanismo,

-Y seguimiento permanente de los trabajos de redacción de los Planes Generales Municipales y de su tramitación administrativa, incluida su tramitación ambiental, hasta su aprobación definitiva por el órgano autonómico o municipal competente en cada caso, entre otras cuestiones.

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