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Terraza de un bar en la plaza de España, imagen de archivo. A.P

Los establecimientos y locales abiertos al público deberán exponer su aforo máximo y contar con sistemas para su control

La Delegación del Gobierno en Extremadura informó en nota de prensa, sobre las medidas que tienen que ver con el aforo de los establecimientos y locales abiertos al público, así como de las terrazas de los bares

Miércoles, 20 de mayo 2020, 00:27

El Centro de Coordinación Cooperativa Policial, trató el pasado 18 de mayo, algunas de las medidas de flexibilización incorporadas a las ya aplicadas desde la entrada en vigor de la Fase I de desescalada, en el marco del Plan de Transición hacia la Nueva Normalidad.

Entre ellas, la Delegación del Gobierno en Extremadura informó en nota de prensa, sobre las medidas que tienen que ver con el aforo de los establecimientos y locales abiertos al público.

En este sentido, los establecimientos y locales deberán exponer al público su aforo máximo y asegurar que dicho aforo, así como la distancia de seguridad interpersonal de dos metros se respeta en su interior.

Para ello, los establecimientos y locales deberán establecer sistemas que permitan el recuento y control del aforo, de forma que éste no sea superado en ningún momento, y que deberá incluir a los propios trabajadores.

La organización de la circulación de personas y la distribución de espacios deberá modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar la posibilidad de mantener la distancia de seguridad interpersonal de dos metros exigida por el Ministerio de Sanidad.

Preferiblemente, siempre que un local disponga de dos o más puertas, se podrá establecer un uso diferenciado para la entrada y la salida, reduciendo así el riesgo de formación de aglomeraciones.

Terrazas

Por otro lado, en este Centro de Coordinación se reiteraron algunas instrucciones que continúan generando dudas entre la población como es la relativa a las terrazas de los bares.

Por un lado, se recordó que los horarios de las terrazas son los que establece la ordenanza municipal para cada establecimiento sin que estos se vean afectados por las restricciones del Estado de Alarma.

En lo que se refiere a las medidas de seguridad en las mismas, recordar que estas deben ser las necesarias para permitir la distancia interpersonal. Las mesas deben estar colocadas a una distancia de dos metros que es la que debe haber entre grupos de personas.

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