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La Consejería de Sanidad recomienda una serie de medidas frente al COVID

En las vías y espacios públicos no se recomienda celebrar reuniones en grupos de más de quince personas para mantener relaciones sociales, entre ellas mediante el consumo de bebidas alcohólicas, del mismo modo en espacios o lugares privados no se recomienda la celebración de fiestas, veladas, cumpleaños y reuniones, en general, que superen el máximo de quince personas

Jueves, 6 de agosto 2020, 12:45

La situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 y habiéndose detectado la intervención temprana como una herramienta fundamental para evitar la propagación del coronavirus Sars-Cov-2. Por ello es preciso anticiparse a escenarios de contagios colectivos difíciles de controlar, siendo necesario adoptar aún en términos de recomendación, medidas preventivas en la esfera privada, donde las personas se relajan con las medidas de protección por la confianza en el entorno y la ausencia de control.

De ahí la existencia permanente de contagios con un potencial efecto expansivo, en particular, cuando las reuniones acumulan a un elevado número de personas de diferente procedencia con una finalidad eminentemente festiva, con las dificultades del seguimiento de contactos que estas situaciones comportan.

El efecto propagador de la enfermedad es igualmente expansivo cuando dichas reuniones o aglomeraciones se celebran en la vía pública, donde existe una notoria relajación de las medidas de seguridad interpersonales, y en donde es aún más difícil delimitar el número de contactos por la socialización permanente entre personas, especialmente bajo los efectos del consumo de bebidas alcohólicas.

Por todo ello el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales José María Vergeles adopta la presente resolución en la que se adoptan las siguientes recomendaciones:

En las reuniones y aglomeraciones de personas en las vías y espacios públicos para el consumo de bebidas alcohólicas y otras actividades no organizadas.

En las vías y espacios públicos no se recomienda celebrar reuniones en grupos de más de quince personas o participar en aglomeraciones o concentraciones que consistan en la permanencia de personas en dichos lugares para mantener relaciones sociales entre ellas mediante el consumo de bebidas alcohólicas o para desarrollar otras actividades no reguladas o autorizadas que impliquen una permanencia conjunta en el espacio público.

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Queda exceptuada de esta recomendación el consumo en los locales de restauración, hostelería y ocio o asimilados y en las actividades autorizadas por las autoridades competentes en el marco de la legislación vigente, que recordamos que deberá realizarse siempre con la observancia de las limitaciones y condiciones en materia de salud pública establecidas para cada tipo de actividad.

Recomendaciones en las reuniones en espacios privados.

En espacios o lugares privados no se recomienda la celebración de fiestas, veladas, cumpleaños y reuniones, en general, que superen el máximo de quince personas. En todo caso durante el desarrollo de estas reuniones o celebraciones se recomienda el mantenimiento de la medida de distancia de seguridad interpersonal y el uso de la mascarilla.

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Los velatorios, las ceremonias nupciales, bautizos u otros rituales asimilados o las celebraciones derivadas de estos deberán desarrollarse cumpliendo las condiciones de aforo, limitaciones de asistentes y demás condiciones establecidas en función de la naturaleza de la actividad en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de 22 de julio de 2020.

No obstante, será recomendable el uso de la mascarilla y, en la medida de lo posible, deberá observarse la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio.

La presente resolución producirá efectos desde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y mantendrá su vigencia hasta que sea declarada por el Gobierno de España la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

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