Cartel indicador de llegada a Villanueva del Fresno. A.P

Los desplazamientos indebidos y otras conductas que sean un riesgo grave para la salud tendrán sanciones desde 60.000 hasta 600.000 euros

Los desplazamientos indebidos desde otras comunidades autónomas a la región serán sancionados y deberán pasar una cuarentena de 14 días

Martes, 7 de abril 2020, 11:56

El Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales, José María Vergeles Blanca, informa en la resolución de 4 de abril de 2020, de las recomendaciones adoptadas en materia de salud pública relativas a las personas que se desplacen a Extremadura procedentes de otras Comunidades Autónomas.

Con fecha 14 de marzo de 2020 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

De conformidad con el artículo 4 del citado Real Decreto se atribuye la condición de autoridad competente delegada en cada área de responsabilidad a determinados ministros para la adopción de órdenes, resoluciones, disposiciones e instrucciones interpretativas.

La Delegación del Gobierno en Extremadura ha puesto en conocimiento de esta Autoridad que se están produciendo traslados no autorizados de personas que proceden de otras Comunidades Autónomas a Extremadura y que ocupan segundas residencias o las de familiares o allegados en nuestra región, que pueden suponer un riesgo para la salud pública.

Todas aquellas personas procedentes de otras Comunidades Autónomas y, en particular, las que provienen de regiones con altas tasas de infección que, incumpliendo el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se hayan desplazado a Extremadura para efectuar cualquier tipo de estancia o residencia temporal, y sin perjuicio de las responsabilidades administrativas que se derivaren del citado incumplimiento en materia de seguridad ciudadana, se someterán a un régimen voluntario de cuarentena domiciliaria en su residencia de Extremadura durante un período de 14 días.

Publicidad

A través de la Delegación del Gobierno, se le comunicará a las fuerzas de seguridad del Estado y a las policías locales, para que notifiquen a esta Autoridad Sanitaria, quienes son los ciudadanos que hayan incumplido la presente recomendación, tomando razón de su identidad, procedencia y de las circunstancias del incumplimiento, a fin de que, si a consecuencia del incumplimiento se hubiere producido un riesgo grave o muy grave para la salud pública, se adopten las medidas preventivas individualizadas que se consideren pertinentes en materia de salud pública y, en su caso, fueren impuestas las sanciones correspondientes en dicha materia.

Recordamos al efecto que aquellas conductas que produzcan un riesgo grave o muy grave para la salud pública podrán conllevar, entre otras sanciones, la imposición de multas de hasta 60.000 o 600.000 euros, según la gravedad de la infracción, de conformidad con la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.

Publicidad

Los datos de la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica a fecha 2 de abril de 2020 parecen revelar que la cifra de nuevos contagios diarios en Extremadura tiene tendencia hacia la estabilización e incluso al descenso, indicándonos que podríamos haber llegado al pico de la curva, de forma que es muy importante evitar por todos los medios nuevas fuentes externas de posibles contagios.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

PRIMER MES GRATIS. Accede a todo el contenido

Publicidad