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Imagen de archivo de un fuego en la localidad. A.P
El Ayuntamiento informa de la entrada en vigor de la Época de Peligro Alto de Incendios Forestales

El Ayuntamiento informa de la entrada en vigor de la Época de Peligro Alto de Incendios Forestales

La misma se desarrollará desde el 1 de junio al 15 de octubre, durante la EPA, Época de Peligro Alto, se establece una regulación más estricta de los usos del fuego y actividades de riesgo

Viernes, 31 de mayo 2024, 12:16

El Ayuntamiento de la localidad se hace eco de la publicación del Diario Oficial de Extremadura del pasado 23 de mayo, en el que se publica la Orden por la que se declara Época de Peligro Alto de Incendios Forestales del 1 de junio al 15 de octubre.

La Época de Peligro Alto (EPA) es aquella en la que, debido a las condiciones meteorológicas, los riesgos de producirse incendios son potencialmente elevados y aconsejan un despliegue máximo de los medios existentes.

Durante la EPA, se establece una regulación más estricta de los usos del fuego y actividades de riesgo.

-Usos y actividades autorizables o permitidos que pasan a estar prohibidos: Quemas prescritas, piconeras, quemas de restos vegetales (a excepción de parcelas en regadío) y las hogueras y barbacoas en suelo rústico y espacios abiertos de núcleos urbanos sitos en zona de influencia forestal.

-Para la preparación de alimentos en terreno forestal y zona de influencia: Exclusivamente equipos de gas.

-Actividades sujetas a autorización: Carboneras y fuegos artificiales (autorización de Entidad Local).

-Actividades sujetas a declaración responsable en terreno forestal y zona de influencia forestal (400 m): Maquinaria sobre orugas o cadenas; maquinaria con cuchilla, pala o traílla; maquinaria con percutores, cazos, ripper y análogos; uso de equipos de corte de metal (radial o amoladora) o soldadura; uso de grupos electrógenos, motores y bombas; tractores con grada de discos o desbrozadoras de cadenas, martillos o cuchillas; procesadoras, taladoras, cizalladoras, skidders, autocargadores y astilladoras; servicios profesionales con uso de motosierra o motodesbrozadora con disco metálico, o grupos de 3 o más personas con utilización conjunta de dichos equipos, cosechadoras, segadoras o empacadoras.

-Actividades sujetas a comunicación previa: Quemas de restos en microexplotaciones agrarias en regadío; actividades que provoquen columnas (pozos de sondeo, obras puntuales, etc.). Para resolver cualquier duda, pueden contactar con el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios, mediante llamada telefónica al 927005826 o por escrito a la dirección de correo electrónico preifex@juntaex.es

Más información en la web: https://app.infoex.info/pages/intro

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