Fachada del Ayuntamiento de la localidad. A.P

El Ayuntamiento destina 16.896 euros a Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social

Los beneficiarios serán residentes del municipio que por situaciones extraordinarias no puedan hacer frente a gastos básicos, las solicitudes se pueden presentar desde el día 2 de noviembre, para adjuntar la documentación será imprescindible disponer del certificado digital

Martes, 2 de noviembre 2021, 23:33

El Ayuntamiento de la localidad destinará 16.896 euros, a través del Programa de Colaboración Económica Municipal, a Ayudas Extraordinarias de Apoyo Social para personas residentes del municipio que, por situaciones extraordinarias, no puedan hacer frente a gastos considerados básicos.

Estas ayudas extraordinarias de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales se podrán solicitar desde el 2 de noviembre en las oficinas del Ayuntamiento. Para poder adjuntar la documentación pertinente es imprescindible disponer del certificado digital.

Estas ayudas son una prestación económica, no subvencional ni periódica, a otorgar a las personas residentes en la localidad que, por situaciones extraordinarias no puedan hacer frente, por sí mismas o mediante los recursos sociales o institucionales disponibles en el entorno, a determinados gastos considerados básicos, requiriendo atención en un breve plazo de tiempo con el fin de prevenir, evitar o paliar procesos de exclusión social y garantizar de manera temporal la cobertura de las necesidades personales básicas de subsistencia.

Algunos de los gastos susceptibles de ayuda son, entre otros, los de alojamiento para mantener el derecho de uso de la vivienda habitual, gastos de alojamiento temporal con el fin de acceder a una nueva vivienda o alojamiento, gastos necesarios en instalaciones, equipamiento básico u otros útiles de primera necesidad de la vivienda habitual.

Gastos de mobiliario básico, pequeñas reparaciones o adaptaciones, incluyendo electricidad, fontanería, albañilería y carpintería.

Gastos necesarios de asistencia sanitaria o sociosanitaria no cubiertos por el Sistema Público, prescritos por el personal facultativo o técnico especialista competente.

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Otros gastos destinados a atender una carencia crítica de carácter excepcional, ocasionados por una situación social, asistencial o humanitaria previo informe de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas extraordinarias las personas que sean mayores de edad, menores huérfanos, entre otros.

Entre los requisitos exigidos se debe, además, estar empadronado y residir legal y efectivamente en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura y pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos suficientes.

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