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Aprobada una serie de ayudas para el relevo generacional de las Pymes

Las ayudas irán destinadas a financiar proyectos de 'Desarrollo de Protocolos de Empresa Familiar' y/o 'Planes de Relevo a trabajadores de la empresa', el plazo para presentar solicitudes finalizará el 15 de octubre de 2020

Jueves, 17 de septiembre 2020, 13:24

El DOE, Diario Oficial de Extremadura publica en este 17 de septiembre la resolución y el extracto de la Resolución de 9 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para promover la continuidad de las pymes de Extremadura mediante la planificación de los procesos de relevo empresarial para la anualidad 2020.

Las ayudas irán destinadas a financiar proyectos que tengan alguna de las siguientes finalidades:

Desarrollo de Protocolos de Empresa Familiar.

Se incluirán en esta tipología aquellos proyectos de relevo empresarial realizados en el ámbito de la empresa, a través de la realización de un Protocolo de Empresa Familiar, así como de un plan de continuidad que contemple las condiciones para asegurar el relevo generacional de la empresa.

Planes de Relevo a trabajadores de la empresa.

Se incluirán en esta tipología, aquellos proyectos que tengan como finalidad la preparación y planificación del proceso de relevo empresarial a trabajadores de la empresa, que no tengan relación familiar con el titular o titulares de la misma, en aquellos casos en los que no se prevea una sucesión generacional en la organización, a través de la elaboración de un Plan de Relevo a trabajadores de la empresa.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Pymes de la Comunidad Autónoma de Extremadura con centro productivo en Extremadura, entendiendo por Pymes aquellas empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

Para adquirir la condición de beneficiario, las Pymes deberán adoptar alguna de las siguientes formas jurídicas: personas físicas, sociedades anónimas y sociedades limitadas.

También podrán ser beneficiarios las comunidades de bienes y sociedades civiles que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de subvención.

El crédito previsto en la presente convocatoria asciende a 300.000,00 euros, imputándose 150.000,00 euros a la anualidad 2020, y 150.000,00 euros a la anualidad 2021, posición presupuestaria G/323A/77000, Programa de financiación: 20170266 Plan de Apoyo para el Relevo Generacional.

Las actuaciones serán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura al 80 %, correspondiente al período de Programación 2014-2020.

El texto completo de esta convocatoria se puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.qob.es/bdnstrans/index)

El plazo para presentar solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria junto con el presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 15 de octubre de 2020

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