Aprobada definitivamente la tarjeta de estacionamiento para discapacitados
El Ayuntamiento creará plazas de aparcamiento accesibles, reservadas y señalizadas permanentemente, para vehículos que transporten a personas con discapacidad por movilidad reducida, en las inmediaciones de los domicilios y lugares de trabajo previa petición de los interesados
El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz publica en este 29 de enero la aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
El Ayuntamiento creará en la vía pública plazas de aparcamiento accesibles, reservadas y señalizadas permanentemente, para vehículos que transporten a personas debidamente acreditadas con la «tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad por movilidad reducida».
Los aparcamientos se ubicarán en las inmediaciones de los edificios que reglamentariamente se establezcan, en las proximidades de domicilios de residencia y lugares de trabajo previa petición de los interesados.
El registro extremeño de tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad por movilidad reducida comenzó a funcionar el pasado 9 de febrero de 2020.
La Ordenanza con la que se regulará el régimen jurídico aplicable a la tarjeta de estacionamiento y la creación de plazas de aparcamiento en el municipio de Villanueva del Fresno, aprobada por su Ayuntamiento incluirá, entre otras, las siguientes normas.
Las tarjetas tendrán validez en todo el territorio español y en todos los estados miembros de la Unión Europea.
Podrán ser titulares de la tarjeta aquellas personas que sean residentes en Villanueva, donde deberán estar empadronados, y tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad con movilidad reducida.
Podrán asimismo obtener la tarjeta las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad.
La tarjeta será personal e intransferible, estará vinculada a un número de matrícula de vehículo y se utilizará únicamente cuando la persona titular conduzca un vehículo o sea transportada en él.
El titular de la tarjeta tendrá derecho a la reserva de plaza de aparcamiento, previa solicitud y justificación de la misma, cerca del domicilio o trabajo. Podrá estacionar en los lugares habilitados el tiempo necesario y en las zonas de carga y descarga durante su horario de funcionamiento, entre otros.
La tarjeta original se colocará en el salpicadero y en caso de estar en periodo de renovación deberá llevar al lado el documento que lo acredite.
El alcalde-presidente será el órgano competente para la concesión de la tarjeta, de las reservas de las plazas y para ejercer las sanciones en este ámbito, pudiendo delegar en el concejal o Comisión de Gobierno Local.
La Policía Local controlará y vigilará el uso tanto de las tarjetas como de las plazas reservadas.
La documentación necesaria para solicitar dicha tarjeta se presentará en el registro general del Ayuntamiento desde donde se expedirá ésta en diez días hábiles a contar desde su recepción. Se concederán por cinco años, a excepción de las concedidas a personas discapacidad transitoria, cuyo plazo estará supeditado por el CADEX.
La tarjeta provisional tendrá una validez máxima de un año, renovable.
El Ayuntamiento elaborará un plan de ubicación de dichas plazas, adoptando las medidas adecuadas para facilitar el aparcamiento a los titulares de la tarjeta cerca de su centro de trabajo o domicilio, a través de la reserva de plazas.
Esas plazas de aparcamiento, que no tendrán tasa, se ubicarán lo más próximas posible a los itinerarios peatonales accesibles y los itinerarios vehiculares, garantizando el acceso de forma autónoma y segura.
La presente Ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente, 29 de enero, de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
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