Fachada del Ayuntamiento de la localidad. A.P

El OAR abre el periodo de abono en voluntaria de los recibos del primer trimestre

El Organismo Autónomo de Recaudación, OAR, comunica el comienzo del plazo de pago, en voluntaria, de la tasa de recogida de residuos sólidos urbanos que transcurrirá desde el 15 de marzo al 16 de mayo

Lunes, 22 de marzo 2021, 18:57

El Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz publicó el pasado 18 de marzo los anuncios de cobranza y exposición pública de padrones de tasas y otros conceptos, relativo a distintas localidades de la provincia.

Así, desde el 15 de marzo al 16 de mayo de 2021, ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza en período voluntario de los recibos del primer trimestre de 2021 de las tasas de recogida de residuos sólidos urbanos, correspondientes al Ayuntamiento de Villanueva del Fresno, con delegación de gestión recaudatoria con este Organismo.

Asimismo, y de acuerdo con el apartado 2-b del artículo 24 del vigente Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio y publicado en el BOE del día 2 de septiembre de 2005, los contribuyentes podrán hacer efectivos sus pagos, sin recargo alguno, durante el período voluntario, en cualquiera de las Entidades de Depósito que tienen acuerdo de prestación de servicio con este Organismo, tal y como establece el artículo 22, apartado c) del actual Reglamento General de Recaudación.

Se recomienda hacer uso de la modalidad de domiciliación de pago, a través de las entidades bancarias y de las cajas de ahorros, de conformidad con las normas señaladas en el artículo 38 del citado Reglamento General de Recaudación.

Se comunica a los contribuyentes que tengan domiciliados sus pagos, que el adeudo de los mismos se efectuará a partir del 27 de marzo próximo.

Se hace asimismo la advertencia de que, transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo, que determinará la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del periodo ejecutivo y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 161 de la Ley General Tributaria.

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En caso de pérdida o no recepción del aviso de pago, el contribuyente podrá solicitar un duplicado durante cualquier día hábil del período voluntario, siempre y cuando figure inscrito en la base de datos informática correspondiente, (artículo 25 del Reglamento General de Recaudación).

Se recuerda que podemos atenderle por cualquiera de estos canales: Teléfono de atención al contribuyente en 924 21 07 00. Oficina virtual https://oar.dip-badajoz.es/ si dispone de DNI electrónico o firma digital. Para trámites presenciales en cualquiera de nuestras oficinas será necesaria la solicitud de cita previa en el teléfono gratuito 900 21 07 21.

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